+Artículo 45 4.

Artículo 45 4.

Los miembros del Consejo de Administración podrán estar asistidos por asesores o expertos, con sujeción al reglamento interno. Los miembros sin derecho a voto, a excepción del Director Ejecutivo, no asistirán a los debates del Consejo de Administración que se refieran a participantes en los mercados financieros concretos.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito