+Artículo 20 3

Artículo 20 3

3.   El presidente del Consejo de Supervisión del BCE presentará públicamente estos informes al Parlamento Europeo y al Eurogrupo en presencia de representantes de cualquier Estado miembro participante cuya moneda no sea el euro.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito