+Artículo 13 8.
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Artículo 13 8.
Cuando se solicite la autorización prevista en el apartado 7, la autoridad judicial nacional se cerciorará de la autenticidad de la decisión de la Comisión y de que las medidas coercitivas previstas no sean arbitrarias ni desproporcionadas en relación con el objeto de la inspección. Para controlar la proporcionalidad de las medidas coercitivas, la autoridad judicial nacional podrá pedir a la Comisión, directamente o a través de la autoridad competente del Estado miembro, explicaciones detalladas sobre el objeto de la inspección. Sin embargo, la autoridad judicial nacional no podrá poner en cuestión la necesidad de la inspección ni exigir que se le presente la información que conste en el expediente de la Comisión. El control de la legalidad de la decisión de la Comisión se reservará al Tribunal de Justicia.
1. Przegląd
1.1 Odwołania
1.2 Zidentyfikowane wymagania
1.3 Powiązane normy
2. Zidentyfikowane wymagania
Wymagania
| Źródło |
Wymaganie |
3. Powiązane normy
- Builddate: 18.02.2004 00:00:00 -Doknr: CELEX:32004R0139
- EULAW_ES -
EULAW_ES
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