+Artículo 45 Composición
---+Artículo 45 1.
---+Artículo 45 2.
---+Artículo 45 3.
---+Artículo 45 4.
|
Artículo 45 Composición
1. Przegląd
| Tytuł |
Regulacja |
|
Artículo 45 1.
|
El Consejo de Administración estará compuesto por el Presidente y seis miembros de la Junta de Supervisores, elegidos por los miembros con derecho a voto de la Junta de Supervisores de entre ellos. Cada miembro del Consejo de Administración, a excepción del Presidente, tendrá un suplente, que podrá sustituirlo en caso de que no pueda asistir.
|
|
Artículo 45 2.
|
El mandato de los miembros elegidos por la Junta de Supervisores tendrá una duración de dos años y medio. Será renovable una sola vez. La composición del Consejo de Administración será equilibrada en cuanto al género y proporcionada y reflejará al conjunto de la Unión. Los mandatos se solaparán y se aplicará un régimen de rotación apropiado.
|
|
Artículo 45 3.
|
Las reuniones del Consejo de Administración serán convocadas por el Presidente, por iniciativa propia o a petición de al menos un tercio de sus miembros, y estarán presididas por el Presidente. El Consejo de Administración se reunirá antes de cada reunión de la Junta de Supervisores y con la frecuencia que el Consejo de Administración considere necesaria. Se reunirá al menos cinco veces al año.
|
|
Artículo 45 4.
|
Los miembros del Consejo de Administración podrán estar asistidos por asesores o expertos, con sujeción al reglamento interno. Los miembros sin derecho a voto, a excepción del Director Ejecutivo, no asistirán a los debates del Consejo de Administración que se refieran a participantes en los mercados financieros concretos.
|
,
1.1 Odwołania
1.2 Zidentyfikowane wymagania
1.3 Powiązane normy
2. Zidentyfikowane wymagania
Wymagania
| Źródło |
Wymaganie |
3. Powiązane normy
- Builddate: 10.11.2025 00:00:00 -Doknr: CELEX:32010R1095
- EULAW_ES -
EULAW_ES
|