+Artículo 41 5.
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Artículo 41 5.
Los Estados miembros informarán a la Comisión de la designación de las autoridades competentes y de cualquier cambio al respecto y, en caso de que haya más de una autoridad competente en su territorio, indicarán el reparto de las funciones respectivas entre dichas autoridades competentes. La primera notificación de este tipo se hará lo antes posible y a más tardar el 20 de noviembre de 2025.
1. Visão geral
1.1 Referências
1.2 Requisitos identificados
1.3 Normas relacionadas
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fonte |
Requisito |
3. Normas relacionadas
- Builddate: 30.10.2023 00:00:00 -Doknr: CELEX:32023L2225
- EULAW_ES -
EULAW_ES
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