|
+Artículo 46 3. |
Artículo 46 3.La Comisión efectuará un seguimiento, en particular, del efecto de la existencia de las opciones de regulación a las que se refiere el artículo 42 en el funcionamiento del mercado interior y en los consumidores.
1. Visão geral
1.1 Referências1.2 Requisitos identificados1.3 Normas relacionadas2. Requisitos identificados
3. Normas relacionadas
|