+Artículo 20 3bis.
|
Artículo 20 3bis.
La lista a que se refiere el apartado 2 del presente artículo incluirá la denominación de las empresas a que se refiere el artículo 4, apartado 1, punto 1), letra b), del Reglamento (UE) n.o 575/2013 e identificará a esas entidades de crédito como tales. En dicha lista también se expondrán los cambios registrados en relación con su versión anterior.
1. Prezentare generală
1.1 Referințe
1.2 Cerințe identificate
1.3 Standarde asociate
2. Cerințe identificate
3. Standarde asociate
- Builddate: 11.07.2026 00:00:00 -Doknr: CELEX:32013L0036
- EULAW_ES -
EULAW_ES
|