+Artículo 21 2.

Artículo 21 2.

En el caso contemplado en el apartado 1, párrafo primero, letra i), el prestamista deberá poner gratuitamente a disposición del consumidor un extracto de cuenta en forma de cuadro de amortización, y ello en cualquier momento a lo largo de toda la duración del contrato de crédito.

El cuadro de amortización mencionado en el párrafo primero indicará los pagos adeudados, así como los períodos y las condiciones de pago de tales importes.

El cuadro deberá contener también un desglose de cada reembolso que muestre la amortización del capital, los intereses calculados sobre la base del tipo deudor y, en su caso, los costes adicionales.

Cuando el tipo deudor no sea fijo o los costes adicionales puedan variar en virtud del contrato de crédito, en el cuadro de amortización figurará de forma clara y concisa la indicación de que los datos del cuadro solo serán válidos hasta la siguiente modificación del tipo deudor o de dichos costes en virtud del contrato de crédito.

1. Prezentare generală

,
Titlu Reglementare

1.1 Referințe

1.2 Cerințe identificate

1.3 Standarde asociate

2. Cerințe identificate

Cerințe
Sursă Cerință

3. Standarde asociate

Standarde
Sursă Cerință
  • Builddate: 30.10.2023 00:00:00 -Doknr: CELEX:32023L2225
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