+Artículo 25 Procedimientos de rescate y resolución
---+Artículo 25 1.
---+Artículo 25 1bis.
---+Artículo 25 2.
---+Artículo 25 3.
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Artículo 25 Procedimientos de rescate y resolución
1. Prezentare generală
| Titlu |
Reglementare |
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Artículo 25 1.
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La Autoridad contribuirá y participará activamente en la elaboración y coordinación de planes de rescate y resolución para las entidades financieras que estén actualizados y sean eficaces y coherentes. Cuando esté previsto en los actos de la Unión citados en el artículo 1, apartado 2, la Autoridad contribuirá también a desarrollar procedimientos para situaciones de emergencia y medidas preventivas para minimizar los efectos sistémicos de cualquier quiebra.
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Artículo 25 1bis.
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La Autoridad podrá organizar y realizar evaluaciones inter pares del intercambio de información y de las actividades comunes de la Junta a que se refiere el Reglamento (UE) no 806/2014 y las autoridades nacionales de resolución de Estados miembros no participantes en el Mecanismo Único de Resolución en la resolución de grupos transfronterizos para reforzar la eficacia y la coherencia de los resultados. Para ello, la Autoridad desarrollará métodos que permitan una evaluación y una comparación objetivas.
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Artículo 25 2.
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La Autoridad podrá identificar mejores prácticas destinadas a facilitar la resolución de las entidades en quiebra y, en particular, de los grupos transfronterizos, de un modo que evite el contagio, garantizando que existan unos instrumentos adecuados, entre ellos recursos suficientes, que permitan la resolución de manera ordenada, rentable y oportuna de la entidad o del grupo.
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Artículo 25 3.
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La Autoridad podrá elaborar normas técnicas de regulación y de ejecución, tal como se especifica en los actos legislativos mencionados en el artículo 1, apartado 2, de conformidad con el procedimiento establecido en los artículos 10 a 15.
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1.1 Referințe
1.2 Cerințe identificate
1.3 Standarde asociate
2. Cerințe identificate
3. Standarde asociate
- Builddate: 31.12.2025 00:00:00 -Doknr: CELEX:32010R1093
- EULAW_ES -
EULAW_ES
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