+Artículo 30 5.

Artículo 30 5.

La Autoridad remitirá un dictamen a la Comisión cuando, a la vista de los resultados de la evaluación inter pares o de cualquier otra información obtenida por la Autoridad en el desempeño de sus funciones, considere necesaria, desde la perspectiva de la Unión, una mayor armonización de las normas de la Unión aplicables a los participantes en el mercado financiero o a las autoridades competentes.

1. Prezentare generală

,
Titlu Reglementare

1.1 Referințe

1.2 Cerințe identificate

1.3 Standarde asociate

2. Cerințe identificate

Cerințe
Sursă Cerință

3. Standarde asociate

Standarde
Sursă Cerință
  • Builddate: 10.11.2025 00:00:00 -Doknr: CELEX:32010R1095
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