+Artículo 32ter 2.
|
Artículo 32ter 2.
A más tardar el 31 de diciembre de 2020, la Comisión presentará al Parlamento Europeo y al Consejo un informe en el que evalúe la necesidad y proporcionalidad de armonizar la información incluida en los registros y la necesidad de interconectar dichos registros. Cuando proceda, ese informe irá acompañado de una propuesta legislativa.
1. Pregled
1.1 Sklici
1.2 Ugotovljene zahteve
1.3 Povezani standardi
2. Ugotovljene zahteve
3. Povezani standardi
- Builddate: 30.12.2024 00:00:00 -Doknr: CELEX:32015L0849
- EULAW_ES -
EULAW_ES
|