+Artículo 2 Fechas de referencia de la información
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Artículo 2 Fechas de referencia de la información

1. Resumen

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Título Regulación
Artículo 2 1

1.   A efectos del requisito de información a que se refiere el artículo 22, apartado 1, del Reglamento (UE) 2023/1114, los emisores presentarán la información a las autoridades competentes con periodicidad trimestral en las siguientes fechas de referencia: 31 de marzo, 30 de junio, 30 de septiembre y 31 de diciembre.

Artículo 2 2

2.   La primera fecha de referencia será la correspondiente al trimestre en el que el valor de emisión de la ficha referenciada a activos sea superior al umbral a que se refiere el artículo 22, apartado 1, del Reglamento (UE) 2023/1114.

Artículo 2 3

3.   La última fecha de referencia será la correspondiente al tercer trimestre consecutivo en el que el valor de emisión de la ficha referenciada a activos sea inferior al umbral a que se refiere el artículo 22, apartado 1, del Reglamento (UE) 2023/1114.

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito