+Artículo 17 Secreto profesional
---+Artículo 17 1.
---+Artículo 17 2.
---+Artículo 17 3.
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Artículo 17 Secreto profesional
1. Přehled
| Název |
Regulace |
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Artículo 17 1.
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La información recabada en aplicación del presente Reglamento sólo podrá utilizarse para el fin perseguido por la solicitud de información, la investigación o la audiencia.
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Artículo 17 2.
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Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 4 y en los artículos 18 y 20, la Comisión y las autoridades competentes de los Estados miembros, así como sus funcionarios y otros agentes, y otras personas que trabajen bajo la supervisión de dichas autoridades, así como los funcionarios y agentes de otras autoridades de los Estados miembros se abstendrán de divulgar la información que hayan recabado en aplicación del presente Reglamento y que, por su naturaleza, esté amparada por el secreto profesional.
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Artículo 17 3.
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Lo dispuesto en los apartados 1 y 2 no obstará a la publicación de información general o de resúmenes que no contengan datos individualizados sobre las empresas o asociaciones de empresas.
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1.1 Odkazy
1.2 Identifikované požadavky
1.3 Související standardy
2. Identifikované požadavky
Požadavky
| Zdroj |
Požadavek |
3. Související standardy
Standardy
| Zdroj |
Požadavek |
- Builddate: 18.02.2004 00:00:00 -Doknr: CELEX:32004R0139
- EULAW_ES -
EULAW_ES
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