Artículo 8 2.
Los Estados miembros exigirán que aquella publicidad de contratos de crédito que indique un tipo de interés o cualesquiera cifras relacionadas con algún coste del crédito para el consumidor incluya la información básica indicada en el presente artículo. La obligación a que se refiere el párrafo primero no se aplicará a los casos en que el Derecho nacional exija que se indique la tasa anual equivalente en aquella publicidad de contratos de crédito que no indique un tipo de interés o cualesquiera cifras relacionadas con algún coste del crédito para el consumidor en el sentido del párrafo primero.
1. Übersicht
| Bezeichnung |
Regulierung |
,
1.1 Referenzen
1.2 Identifizierte Anforderungen
1.3 Zugehörige Standards
2. Identifizierte Anforderungen
Anforderungen
| Quelle |
Anforderung |
3. Zugehörige Standards
Standards
| Quelle |
Anforderung |
- Builddate: 30.10.2023 00:00:00 -Doknr: CELEX:32023L2225
- EULAW_ES -
EULAW_ES
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