+Artículo 11 5.
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Artículo 11 5.
La Comisión remitirá sin demora una copia de cualquier decisión adoptada con arreglo al apartado 3 a la autoridad competente del Estado miembro en cuyo territorio se encuentre la residencia de la persona o la sede de la empresa o asociación de empresas, así como a la autoridad competente del Estado miembro cuyo territorio se vea afectado. Previa petición específica de la autoridad competente de un Estado miembro, la Comisión también remitirá a dicha autoridad copias de solicitudes simples de información sobre una concentración notificada.
1. Übersicht
| Bezeichnung |
Regulierung |
,
1.1 Referenzen
1.2 Identifizierte Anforderungen
1.3 Zugehörige Standards
2. Identifizierte Anforderungen
Anforderungen
| Quelle |
Anforderung |
3. Zugehörige Standards
Standards
| Quelle |
Anforderung |
- Builddate: 18.02.2004 00:00:00 -Doknr: CELEX:32004R0139
- EULAW_ES -
EULAW_ES
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