+Artículo 33bis 5.
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Artículo 33bis 5.
Cuando ejerzan sus facultades con arreglo al apartado 1 del presente artículo, las autoridades de resolución tendrán en cuenta los efectos que el ejercicio de dichas facultades pueda tener sobre el buen funcionamiento de los mercados financieros y tomarán en consideración las normas nacionales vigentes, así como el poder de supervisión y las competencias judiciales, para salvaguardar los derechos de los acreedores y el trato equitativo de los acreedores en los procedimientos de insolvencia ordinarios. Las autoridades de resolución tendrán en cuenta en particular la aplicación potencial de los procedimientos de insolvencia nacionales a la entidad o sociedad como resultado de la determinación del artículo 32, apartado 1, letra c), y adoptarán las disposiciones que consideren oportunas para garantizar una adecuada coordinación con las autoridades administrativas o judiciales nacionales.
1. Übersicht
| Bezeichnung |
Regulierung |
,
1.1 Referenzen
1.2 Identifizierte Anforderungen
1.3 Zugehörige Standards
2. Identifizierte Anforderungen
Anforderungen
| Quelle |
Anforderung |
3. Zugehörige Standards
Standards
| Quelle |
Anforderung |
- Builddate: 11.05.2026 00:00:00 -Doknr: CELEX:32014L0059
- EULAW_ES -
EULAW_ES
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