+Artikel 77 Schutz von Vereinbarungen über Finanzsicherheiten, Aufrechnungs- und Saldierungsvereinbarungen
---+Artículo 77 1.
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Artikel 77 Schutz von Vereinbarungen über Finanzsicherheiten, Aufrechnungs- und Saldierungsvereinbarungen

1. Übersicht

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Bezeichnung Regulierung
Artículo 77 1.
Los Estados miembros garantizarán que se preste una protección adecuada a los acuerdos de garantía financiera con cambio de titularidad, a los acuerdos de compensación y a los acuerdos de compensación por «netting», con el fin de evitar la transmisión de parte, pero no la totalidad, de los derechos y pasivos protegidos por alguno de estos acuerdos celebrados por la entidad objeto de resolución y otra persona, así como la modificación o rescisión de derechos y pasivos protegidos por tales acuerdos, merced al uso de competencias auxiliares.

A efectos de lo dispuesto en el primer párrafo, los derechos y pasivos se considerarán protegidos por estos acuerdos si las partes de los acuerdos tienen la posibilidad de compensar recíprocamente o compensar por «netting» estos derechos y pasivos.

Artículo 77 2.

No obstante lo dispuesto en el apartado 1, cuando sea necesario a fin de garantizar la disponibilidad de los depósitos cubiertos, la autoridad de resolución podrá:

a) 

transmitir depósitos cubiertos que formen parte de cualquiera de los acuerdos mencionados en el apartado 1 sin transmitir otros activos, derechos o pasivos que formen parte del mismo acuerdo, y

b) 

transmitir, modificar o rescindir esos activos, derechos o pasivos sin transmitir los depósitos cubiertos,

1.1 Referenzen

1.2 Identifizierte Anforderungen

1.3 Zugehörige Standards

2. Identifizierte Anforderungen

Anforderungen
Quelle Anforderung

3. Zugehörige Standards

Standards
Quelle Anforderung
  • Builddate: 11.05.2026 00:00:00 -Doknr: CELEX:32014L0059
  • EULAW_ES -

    EULAW_ES