+Artículo 25 1.

Artículo 25 1.

La Autoridad contribuirá y participará activamente en la elaboración y coordinación de planes de rescate y resolución para las entidades financieras que estén actualizados y sean eficaces y coherentes. Cuando esté previsto en los actos de la Unión citados en el artículo 1, apartado 2, la Autoridad contribuirá también a desarrollar procedimientos para situaciones de emergencia y medidas preventivas para minimizar los efectos sistémicos de cualquier quiebra.

1. Übersicht

,
Bezeichnung Regulierung

1.1 Referenzen

1.2 Identifizierte Anforderungen

1.3 Zugehörige Standards

2. Identifizierte Anforderungen

Anforderungen
Quelle Anforderung

3. Zugehörige Standards

Standards
Quelle Anforderung
  • Builddate: 31.12.2025 00:00:00 -Doknr: CELEX:32010R1093
  • EULAW_ES -

    EULAW_ES