+Artículo 6 5.

Artículo 6 5.

Las entidades que apliquen el método estándar simplificado o el método de la exposición original para el cálculo de las exposiciones al riesgo de contraparte, de conformidad con la parte tercera, título II, capítulo 6, secciones 4 y 5, del Reglamento (UE) n.o 575/2013, presentarán la información sobre el riesgo de contraparte que se especifica en el anexo I, plantilla 34.06, de acuerdo con las instrucciones del anexo II, parte II, punto 3.9.7.

1. Overview

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Summary Regulation

1.1 References

1.2 Identified Requirements

1.3 Related Standards

2. Identified Requirements

Requirements
Source Requirement

3. Related Standards

Standards
Source Requirement
  • Builddate: 01.09.2024 00:00:00 -Doknr: CELEX:32021R0451
  • EULAW_ES -

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