+Artículo 30 Consecuencias si los instrumentos de capital de nivel 1 ordinario dejan de reunir las condiciones previstas

Artículo 30 Consecuencias si los instrumentos de capital de nivel 1 ordinario dejan de reunir las condiciones previstas

Artículo 30

Consecuencias si los instrumentos de capital de nivel 1 ordinario dejan de reunir las condiciones previstas

Si un instrumento de capital de nivel 1 ordinario deja de reunir las condiciones previstas en el artículo 28 o, cuando proceda, en el artículo 29, será de aplicación lo siguiente:

a) 

el instrumento dejará inmediatamente de considerarse instrumento constitutivo del capital de nivel 1 ordinario;

b) 

las cuentas de primas de emisión conexas a ese instrumento dejarán inmediatamente de considerarse elementos del capital de nivel 1 ordinario.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito