+Artículo 40 Deducción de los importes negativos resultantes del cálculo del importe de las pérdidas esperadas

Artículo 40 Deducción de los importes negativos resultantes del cálculo del importe de las pérdidas esperadas

Artículo 40

Deducción de los importes negativos resultantes del cálculo del importe de las pérdidas esperadas

El importe a deducir conforme al artículo 36, apartado 1, letra d), no se verá minorado por el aumento del nivel de activos por impuestos diferidos que dependen de rendimientos futuros, u otros efectos fiscales adicionales, que podría producirse ►C2  si las provisiones se elevaran en la misma medida que las pérdidas esperadas a que se refiere la parte tercera, título II, capítulo 3, sección 3. ◄

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito