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+Artículo 53 Restricciones a la cancelación de distribuciones por instrumentos de capital de nivel 1 adicional, y condiciones que podrían impedir la recapitalización de la entidad |
Artículo 53 Restricciones a la cancelación de distribuciones por instrumentos de capital de nivel 1 adicional, y condiciones que podrían impedir la recapitalización de la entidadArtículo 53 Restricciones a la cancelación de distribuciones por instrumentos de capital de nivel 1 adicional, y condiciones que podrían impedir la recapitalización de la entidad A efectos del artículo 52, apartado 1, letra l), inciso v), y letra o), las disposiciones que regulan los instrumentos de capital de nivel 1 adicional no podrán incluir, en particular, lo siguiente:
a)
la obligación de efectuar distribuciones por los instrumentos en caso de producirse una distribución por un instrumento emitido por la entidad cuyo orden de prelación sea igual o inferior a un instrumento de capital de nivel 1 adicional, incluido un instrumento de capital de nivel 1 ordinario;
b)
la obligación de que el pago de distribuciones por instrumentos de capital de nivel 1 ordinario, capital de nivel 1 adicional o capital de nivel 2 se cancele en caso de que no se efectúen distribuciones por esos instrumentos de capital de nivel 1 adicional;
c)
la obligación de sustituir el pago de intereses o dividendos por un pago de cualquier otra naturaleza. La entidad no estará sujeta a tal obligación por ningún otro motivo. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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