+Artículo 280ter Adición en la categoría de riesgo de tipo de cambio
---+Artículo 280ter 1.
---+Artículo 280ter 2.

Artículo 280ter Adición en la categoría de riesgo de tipo de cambio

-

1. Resumen

,
Título Regulación
Artículo 280ter 1.

A efectos del artículo 278, las entidades calcularán la adición correspondiente a la categoría de riesgo de tipo de cambio de un determinado conjunto de operaciones compensables de la manera siguiente:

image

donde:

AdiciónFX

=

adición correspondiente a la categoría de riesgo de tipo de cambio;

j

=

índice que designa los conjuntos de posiciones compensables conexos al riesgo de tipo de cambio establecido de conformidad con el artículo 277 bis, apartado 1, letra b), y apartado 2, para el conjunto de operaciones compensables;

image

=

adición de la categoría de riesgo de tipo de cambio del conjunto de posiciones compensables j, calculada de conformidad con el apartado 2.

Artículo 280ter 2.

Las entidades calcularán la adición del conjunto de posiciones compensables j de la categoría de riesgo de tipo de cambio de la manera siguiente:

image

donde:

єj

=

coeficiente del factor supervisor del conjunto de posiciones compensables j, determinado de conformidad con el artículo 280;

SFFX

=

factor supervisor aplicable a la categoría de riesgo de tipo de cambio con un valor igual a 4 %;

image

=

importe nocional efectivo del conjunto de posiciones compensables j, calculado de la manera siguiente:

image

donde:

l

=

índice que designa la posición de riesgo.

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito