+Artículo 91 Indemnización económica adicional

Artículo 91 Indemnización económica adicional

Artículo 91

Indemnización económica adicional

Podrán determinarse, de conformidad con la legislación aplicable al contrato celebrado entre el usuario de servicios de pago y el proveedor de servicios de pago, indemnizaciones económicas adicionales a lo contemplado en la presente sección.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito