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+Artículo 3 Incidentes relacionados con las TIC recurrentes |
Artículo 3 Incidentes relacionados con las TIC recurrentesArtículo 3 Incidentes relacionados con las TIC recurrentes Las entidades financieras que faciliten información sobre incidentes no graves relacionados con las TIC recurrentes que cumplan acumulativamente las condiciones para un incidente grave relacionado con las TIC establecidas en el artículo 8, apartado 2, del Reglamento Delegado (UE) 2024/1772 facilitarán dicha información de forma agregada. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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