+Artículo 11 Seguridad general de los productos

Artículo 11 Seguridad general de los productos

Artículo 11

Seguridad general de los productos

No obstante lo dispuesto en el artículo 2, apartado 1, párrafo tercero, letra b), del Reglamento (UE) 2023/988, el capítulo III, sección 1, los capítulos V y VII, y los capítulos IX a XI de dicho Reglamento serán aplicables a los productos con elementos digitales en lo que respecta a los aspectos y los riesgos o categorías de riesgos no contemplados en el presente Reglamento cuando dichos productos no estén obligados a cumplir requisitos de seguridad específicos establecidos en otra «legislación de armonización de la Unión» tal como se define en el artículo 3, punto 27, del Reglamento (UE) 2023/988.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito