+Artículo 62 Procedimiento de comité
---+Artículo 62 1.
---+Artículo 62 2.
---+Artículo 62 3.
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Artículo 62 Procedimiento de comité
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1. Resumen
| Título |
Regulación |
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Artículo 62 1.
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La Comisión estará asistida por un comité. Dicho comité será un comité en el sentido del Reglamento (UE) n.o 182/2011.
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Artículo 62 2.
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En los casos en que se haga referencia al presente apartado, se aplicará el artículo 5 del Reglamento (UE) n.o 182/2011.
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Artículo 62 3.
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Cuando el dictamen del comité deba obtenerse mediante procedimiento escrito, se pondrá fin a dicho procedimiento sin resultado si, en el plazo para la emisión del dictamen, el presidente del comité así lo decide o si un miembro del comité así lo solicita.
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1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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