+Artículo 81 Importes transferidos e importes recibidos
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Artículo 81 Importes transferidos e importes recibidos

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1. Resumen

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Título Regulación
Artículo 81 1.
Los Estados miembros exigirán al proveedor o proveedores de servicios de pago del ordenante, al proveedor o proveedores de servicios de pago del beneficiario y a los posibles intermediarios de los proveedores de servicios de pago que transfieran la totalidad del importe de la operación de pago y se abstengan de deducir gastos del importe transferido.
Artículo 81 2.
No obstante, el beneficiario y el proveedor de servicios de pago podrán acordar que el proveedor de servicios de pago pertinente deduzca sus propios gastos del importe transferido antes de abonárselo al beneficiario. En ese caso, el importe total de la operación de pago y los gastos aparecerán por separado en la información facilitada al beneficiario.
Artículo 81 3.
Si se deducen del importe transferido otros gastos distintos de los contemplados en el apartado 2, el proveedor de servicios de pago del ordenante garantizará que el beneficiario reciba el importe total de la operación de pago iniciada por el ordenante. ►C1  En el supuesto de que la operación de pago sea iniciada por el beneficiario o a través de él, el proveedor de servicios de pago del beneficiario garantizará que el beneficiario reciba el importe total de la operación de pago. ◄

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito