+Artículo 11 5.
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Artículo 11 5.
Siempre que se aplique el artículo 10 del presente Reglamento, el organismo central mencionado en dicho artículo cumplirá lo dispuesto en las partes segunda a octava del presente Reglamento y en el capítulo 2 del Reglamento (UE) 2017/2402 sobre la base de la situación consolidada del conjunto constituido por el organismo central y sus entidades afiliadas.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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