+Artículo 36 2.
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Artículo 36 2.
La ABE elaborará proyectos de normas técnicas de regulación para especificar la aplicación de las deducciones a que se refieren las letras a), c), e), f), h), i) y l) del apartado 1 del presente artículo y las deducciones relacionadas recogidas en las letras a), c), d) y f) del artículo 56 y las letras a), c) y d) del artículo 66. La ABE presentará dichos proyectos de normas técnicas de regulación a la Comisión a más tardar el 28 de julio de 2013. Se delegan en la Comisión poderes para adoptar las normas técnicas de regulación a que se refiere el párrafo primero con arreglo a los artículos 10 a 14 del Reglamento (UE) no 1093/2010.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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