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+Artículo 54 1. |
Artículo 54 1.A efectos del artículo 52, apartado 1, letra n), a los instrumentos de capital de nivel 1 adicional les serán aplicables las siguientes disposiciones:
a)
se considerará que existe una circunstancia desencadenante cuando la ratio de capital de nivel 1 ordinario de la entidad a que se refiere el artículo 92, apartado 1, letra a), descienda por debajo de uno de los siguientes valores:
i)
5,125 %,
ii)
un nivel superior al 5,125 %, cuando así lo decida la entidad y figure especificado en las disposiciones que regulen el instrumento;
b)
las entidades pueden especificar en las disposiciones que regulen el instrumento una o más circunstancias desencadenantes además del previsto en la letra a);
c)
cuando las disposiciones que regulen los instrumentos establezcan que estos se conviertan a instrumentos de capital de nivel 1 ordinario si se produjera una circunstancia desencadenante, dichas disposiciones especificarán uno de los dos extremos siguientes:
i)
el tipo de conversión y un límite en cuanto al importe de conversión autorizado,
ii)
un intervalo dentro del cual los instrumentos se convertirán a instrumentos de capital de nivel 1 ordinario;
d)
cuando las disposiciones que regulen los instrumentos establezcan que el principal de los mismos se amortice si se produjera una circunstancia desencadenante, la amortización reducirá todo lo siguiente:
i)
el crédito del titular del instrumento en caso de insolvencia o liquidación de la entidad,
ii)
el importe que deba abonarse en caso de reclamación o reembolso del instrumento,
iii)
las distribuciones derivadas del instrumento;
e)
cuando los instrumentos de capital de nivel 1 adicional hayan sido emitidos por una empresa filial establecida en un tercer país, el umbral del 5,125 % o superior mencionado en la letra a) se calculará de conformidad con el Derecho nacional del tercer país o con las disposiciones contractuales que regulen los instrumentos, siempre que la autoridad competente, previa consulta a la ABE, tenga la convicción de que dichas disposiciones son al menos equivalentes a los requisitos establecidos en el presente artículo. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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