+Artículo 119 5.

Artículo 119 5.

Las exposiciones frente a entidades financieras autorizadas y supervisadas por las autoridades competentes y sujetas a requisitos prudenciales comparables a los aplicados a las entidades en términos de solidez se tratarán de la misma manera que las exposiciones frente a entidades.

A efectos del presente apartado, los requisitos prudenciales establecidos en el Reglamento (UE) 2019/2033 se considerarán comparables a los aplicados a las entidades en términos de solidez.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito