Las exposiciones frente a entidades con un vencimiento original igual o inferior a tres meses en relación con las cuales se disponga de una evaluación crediticia efectuada por una ECAI designada y las exposiciones que surjan de la circulación de mercancías a través de las fronteras nacionales con un vencimiento original igual o inferior a seis meses y en relación con las cuales se disponga de una evaluación crediticia efectuada por una ECAI designada recibirán la ponderación de riesgo que establece el cuadro 2, que corresponde a la evaluación crediticia de la ECAI de conformidad con el artículo 136.
Cuadro 2
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Nivel de calidad crediticia
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1
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2
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3
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4
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5
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6
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Ponderación de riesgo
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20 %
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20 %
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20 %
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50 %
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50 %
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150 %
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