|
+Artículo 137 2. |
Artículo 137 2.Las exposiciones objeto de una evaluación crediticia realizada por una agencia de crédito a la exportación y reconocida a efectos de ponderación de riesgo recibirán una ponderación de riesgo de acuerdo con el cuadro 9.
Cuadro 9
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
|