+Artículo 151 6.

Artículo 151 6.

En el caso de las exposiciones pertenecientes a las categorías contempladas en el artículo 147, apartado 2, letras a) a d), las entidades facilitarán sus estimaciones propias de PD de conformidad con el artículo 143 y la sección 6.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito