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+Artículo 235 2. |
Artículo 235 2.Cuando el importe cubierto (GA) sea inferior al valor de la exposición (E), la entidad solo podrá aplicar la fórmula indicada en el apartado 1 si la parte cubierta y la parte no cubierta de la exposición tienen la misma prelación.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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