+Artículo 245 5.

Artículo 245 5.

Las autoridades competentes deberán informar a la ABE de los casos en que hayan decidido que la posible reducción de los importes de las exposiciones ponderadas por riesgo no está justificada por una transferencia acorde del riesgo de crédito a terceros, conforme al apartado 2, y de los casos en que las entidades hayan optado por aplicar el apartado 3.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito