+Artículo 251 1.

Artículo 251 1.

Para calcular las exposiciones ponderadas por riesgo de los importes de las exposiciones subyacentes, la entidad originadora de una titulización sintética utilizará los métodos de cálculo establecidos en la presente sección, cuando proceda, y no los establecidos en el capítulo 2. Para las entidades que calculen los importes de las exposiciones ponderadas por riesgo y, cuando corresponda, las pérdidas esperadas con respecto a las exposiciones subyacentes de conformidad con el capítulo 3, las pérdidas esperadas con respecto a dichas exposiciones serán nulas.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito