+Artículo 287 3.

Artículo 287 3.

La unidad de gestión de garantías reales desempeñará las siguientes tareas y funciones:

a) 

calcular y realizar los ajustes de márgenes, gestionar los litigios relativos a tales ajustes y notificar diariamente, con exactitud, los niveles de los importes independientes, los márgenes iniciales y los márgenes de variación;

b) 

controlar la integridad de los datos utilizados para realizar los ajustes de márgenes y velar por que sean coherentes y se concilien periódicamente con todas las fuentes de datos internas pertinentes de la entidad;

c) 

hacer un seguimiento del alcance de la reutilización de las garantías reales y de cualquier modificación de los derechos de la entidad sobre las garantías reales que presta o en conexión con las mismas;

d) 

informar al nivel de dirección apropiado sobre los tipos de activos de garantía que se reutilicen y las condiciones de tal reutilización, incluidos el instrumento, la calidad crediticia y el vencimiento;

e) 

hacer un seguimiento de la concentración de los activos de garantía aceptados por la entidad en determinados tipos;

f) 

presentar periódicamente, y, como mínimo, trimestralmente, a la alta dirección información sobre la gestión de las garantías reales, en particular sobre el tipo de garantías recibidas y prestadas, el alcance, la antigüedad y la causa de los litigios relativos a ajustes de márgenes. Esa información interna expondrá también las tendencias de tales cifras.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito