+Artículo 325ter undecies 1.
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Artículo 325ter undecies 1.
Las entidades deberán establecer procedimientos que garanticen que cualesquiera modelos internos de medición de riesgos utilizados a efectos del presente capítulo han sido adecuadamente validados por personas debidamente cualificadas, independientes del proceso de desarrollo, con el fin de garantizar que están bien diseñados y que tienen en cuenta todos los riesgos importantes.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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