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+Artículo 357 2. |
Artículo 357 2.Las posiciones en oro o en derivados sobre oro se considerarán sujetas a un riesgo de tipo de cambio y se tratarán de conformidad con el capítulo 3 o el capítulo 5, según procesa, a efectos del cálculo del riesgo sobre materias primas.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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