+Artículo 382bis 4.
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Artículo 382bis 4.
A los efectos del apartado 3, letra c), las entidades dividirán el conjunto de operaciones compensables admisibles en un conjunto hipotético de operaciones compensables que contenga las operaciones sujetas al método a que se refiere el apartado 1, letra a), y un conjunto hipotético de operaciones compensables que contenga las operaciones sujetas al método a que se refiere el apartado 1, letra b).
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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