+Artículo 382bis 4.

Artículo 382bis 4.

A los efectos del apartado 3, letra c), las entidades dividirán el conjunto de operaciones compensables admisibles en un conjunto hipotético de operaciones compensables que contenga las operaciones sujetas al método a que se refiere el apartado 1, letra a), y un conjunto hipotético de operaciones compensables que contenga las operaciones sujetas al método a que se refiere el apartado 1, letra b).

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito