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+Artículo 390 1. |
Artículo 390 1.Las exposiciones totales frente a un grupo de clientes vinculados entre sí se calcularán sumando las exposiciones frente a cada uno de los clientes individuales de dicho grupo.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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