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+Artículo 423 6. |
Artículo 423 6.Los depósitos recibidos como garantía no deben considerarse pasivo a efectos del artículo 422 sino que, cuando proceda, se regirán por lo dispuesto en el presente artículo.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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