+Artículo 428bis septvicies 1.

Artículo 428bis septvicies 1.

Los siguientes activos estarán sujetos a un factor de financiación estable requerida del 100 %:

a) 

todos los activos con cargas con un vencimiento residual igual o superior a un año;

b) 

todos los activos distintos de los mencionados en los artículos 428 bis vicies a 428 bis sexvicies, incluidos los préstamos a clientes financieros con un vencimiento contractual residual igual o superior a un año, exposiciones dudosas, elementos deducidos de los fondos propios, activos fijos, títulos de renta variable no negociables en mercados organizados, intereses retenidos, activos de seguros y valores objeto de impago.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito