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+Artículo 428bis septvicies 1. |
Artículo 428bis septvicies 1.Los siguientes activos estarán sujetos a un factor de financiación estable requerida del 100 %:
a)
todos los activos con cargas con un vencimiento residual igual o superior a un año;
b)
todos los activos distintos de los mencionados en los artículos 428 bis vicies a 428 bis sexvicies, incluidos los préstamos a clientes financieros con un vencimiento contractual residual igual o superior a un año, exposiciones dudosas, elementos deducidos de los fondos propios, activos fijos, títulos de renta variable no negociables en mercados organizados, intereses retenidos, activos de seguros y valores objeto de impago. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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