+Artículo 429 1.

Artículo 429 1.

Las entidades calcularán su ratio de apalancamiento con arreglo al método expuesto en los apartados 2, 3 y 4.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito