+Artículo 458 8.

Artículo 458 8.

El Estado miembro autorizado para aplicar las medidas podrá solicitar a la JERS que dirija una recomendación, con arreglo al artículo 16 del Reglamento (UE) no 1092/2010, a uno o varios de los Estados miembros que no reconozcan las medidas.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito