+Artículo 493 1.

Artículo 493 1.

►M9  Hasta el 26 de junio de 2021, las disposiciones relativas a las grandes exposiciones previstas en los artículos 387 a 403 del presente Reglamento no se aplicarán a las empresas de servicios de inversión cuya actividad principal consista exclusivamente en la prestación de servicios de inversión o realización de actividades relacionadas con los instrumentos financieros enunciados en el anexo I, sección C, puntos 5, 6, 7, 9, 10 y 11, de la Directiva 2014/65/UE y a los que, a 31 de diciembre de 2006, no era aplicable la Directiva 2004/39/CE del Parlamento Europeo y del Consejo ( *1 ). ◄

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito