+Artículo 495quater 2.

Artículo 495quater 2.

La ABE elaborará un informe sobre la calibración adecuada de los parámetros de riesgo asociados a las exposiciones de arrendamiento con arreglo al método IRB y sobre las ponderaciones de riesgo con arreglo al método estándar, y en particular sobre la LGDs y el Hc establecidos en el artículo 230. En particular, la ABE incluirá en su informe datos sobre el número medio de impagos y pérdidas efectivas observados en la Unión para las exposiciones asociadas con diferentes tipos de bienes arrendados y diferentes tipos de entidades que realicen actividades de arrendamiento.

La ABE presentará dicho informe al Parlamento Europeo, al Consejo y a la Comisión a más tardar el 10 de julio de 2027.

Sobre la base de ese informe, y teniendo en cuenta las normas acordadas internacionalmente y elaboradas por el CSBB, la Comisión, cuando proceda, presentará al Parlamento Europeo y al Consejo una propuesta legislativa a más tardar el 31 de diciembre de 2028.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito