+Artículo 501quinquies 4.

Artículo 501quinquies 4.

Las entidades que excedan el límite establecido en el apartado 3 notificarán el incumplimiento inmediatamente a la autoridad competente y demostrarán, a satisfacción de la autoridad competente, el regreso oportuno al cumplimiento.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito